Resumen | |
[J] | Procedimiento sobre Derechos Fundamentales, en relación con huelga de transporte de los Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana. Servicios mínimos del 60%. Se consideran excesivos en relación con los que vienen fijándose en casos similares. Motivación insuficiente. Se toman en consideración en la Sentencia otras convocatorias de huelga próximas no mencionadas en la Resolución que fija los servicios mínimos. Se reconoce el derecho a la indemnización por los daños morales(publicado en Actualidad Diaria 2420 el 10 de junio de 2013) |
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Se impugna en casación la Sentencia, de 13 de abril de 2011, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana , que estimó parcialmente el recurso contencioso-administrativo, seguido por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, interpuesto por la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de la Unión General de Trabajadores del País Valenciano (FTCM.UGT- PV), contra la Resolución de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalitat Valenciana, de 21 de julio de 2010, que estableció los servicios esenciales mínimos que debían cumplirse durante el desarrollo de la huelga convocada en la empresa Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana (FGV) durante los días 27 y 30 de julio y 9 de septiembre de 2010.La Sentencia declara la nulidad de los servicios mínimos del 50% del personal que cubre los servicios de Talleres y Señalización, por entender que se ha transgredido el derecho constitucional de huelga de los referidos trabajadores, por falta de motivación, y desestima el resto de peticiones de la demanda. El Supremo estima el recurso de los sindicatos | |
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